viernes, 16 de noviembre de 2007

CONTABILIDAD PARA COOPERATIVAS



¿QUÉ ES LA CONTABILIDAD?


Es el arte de recopilar, clasificar, registrar, controlar y analizar las operaciones que la empresa realiza a nivel financiero y comercial. Cumple funciones de análisis e interpretación. La sana contabilidad es real, no aproximada, ni imaginada, ni inventada. Para que la Contabilidad sea real, debe ser cotidiana, en el momento, no adelantada ni atrasada, ya que su finalidad es suministrar información oportuna y confiable a usuarios inernos y externos.



OBJETIVOS:



  • Conocer la realidad económica de la empresa.

  • Apoyar en la planificación, organización y dirección de los negocios.

  • Tomar decisiones en materia de inversión y crédito.

  • Evaluar la gestión de los administradores.
  • Fundamentar la determinación de cargas tributarias.


Las Asociaciones Cooperativas están obligadas a llevar Contabilidad conforme a los Principios Contables Generalmente Aceptados aplicables a ellas y establecerán sistemas que permitan que los asociados, las instancias de administración, educación, control y evaluación, cuenten con información oportuna y adecuada para la toma de decisiones, de acuerdo a lo establecido en el artículo 53 de la Ley Especial de Asocianes Cooperativas. Estos principios son lod siguientes:

  • Objetividad.
  • Importancia Relativa.

  • Comparabilidad.
  • Revelación suficiente.

  • Prudencia.

  • Valor Histórico Original.

  • Dualidad Económica.

  • Negocio en Marcha o Continuidad.

  • Realización Contable.

  • Período Contable.

Las Asociaciones Cooperativas están obligadas a llevar tres (3) Libros de Contabilidad: Libro Diario, Libro Mayor y el Libro de Inventario, que recogerán los resultados de la contabilidad llevada por este tipo de asociaciones, y que la información resultante será comunicada de forma escrita a los asociados con ocho (8) días hábiles de anticipación a la celebración de la Asamblea Ordinaria de Asociados













LIBROS DE ACTAS Y CONTABLES QUE DEBEN LLEVAR LAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS

LIBROS DE ACTAS






LIBRO DE ACTAS DE ASAMBLEA: Sólo debe contener el Acta de Asamblea Constitutiva la cual no debe ser enumerada, las Actas de Asamblea Ordinaria y Extraordinaria si deben ser enumeradas de forma separada es decir las Ordinarias llevan una numeración y las Extraordinarias otra, las cuales serán transcritas en el mismo, una vez autorizado este libro ante la Notaría Pública del domicilio legal de la cooperativa. Debe ir firmado al final de la transcripción de cada acta por el Coordinador General y Secretario.


LIBRO DE ASISTENCIA DE ASOCIADOS: Debe estar autorizad0 por la Notaría Pública del domicilio legal de la cooperativa antes de comenzar cualquier registro en el mismo. Este libro se lleva en conjunto con el Libro de Actas ya que los asociados presentes en las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias firmarán en este Libro de Asistencia.


LIBRO DE ACTAS DE LAS INSTANCIAS: La Instancia de Administración, Educación, Control y Evaluación ¨levantarán actas debidamente firmadas, por las personas designadas para tal fin, en donde se deje constancia de los presentes en la reunión, de los puntos tratados y de las decisiones tomadas¨ según lo establecido en el artículo 29 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas.



LIBROS CONTABLES:






LIBRO DIARIO: En este libro se asentarán día por día las operaciones que haga la cooperativa, de modo que cada cuenta utilizada exprese claramente quién es el acreedor y quién es el deudor, en la transacción registrada. O se resumirán mensualmente, por lo menos, los totales de sus operaciones siempre que, en este caso, se conserven todos los documentos que permitan comprobar tales operaciones día por día. Si la cooperativa opta por registrar en el Libro Diario, un asiento resumen mensual de las actividades realizadas, deberá llevar los Libros Auxiliares con el fin de asentar en éstos las operaciones realizadas día por día, de manera que permita obtener la suma de las misma. El Libro Diario consta de dos (2) columnas.


LIBRO MAYOR: Este libro se caracteriza por que todo lo que se registra en el Libro Diario debe pasar a él, empezando desde el Folio N° 2, porque el Folio N°1 es utilizado por el Sello de la Oficina de Registro que autoriza los libros. Se debe destinar un folio para cada cuenta contable. Este libro consta de tres (3) columnas.


LIBRO DE INVENTARIO Y/O BALANCES: Este libro debe ser autorizado por la Oficina de Registro, la cual sellará el folio N° 1 con el sello distintivo de esa oficina, y el resto de los folios serán sellados a nivel de los números de folios, para poder realizar los registros en éste. Todas las Asociones Cooperativas al comenzar sus operaciones (al momento de su registro), y al fin de cada ejercicio económico, hará en el Libro de Inventario una descripción detallada de todos sus bienes, tanto muebles como inmuebles, y de todos sus créditos, activos y pasivos vinculados o no a su comercio. El balance General y el Estado de Resultado deberá demostrar con evidencia y verdad loos excedentes obtenidos y los déficit sufridos al término de su ejercicio económico. Tiene la misma estructura y columnas del Libro Diario.
























































DOCUMENTACIÓN A CONSIGNAR EN EL AREA DE TRAMITACIÓN Y ACUSES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE COOPERATIVAS


INFORMES CONTABLES Y SOCIALES AL CIERRE DEL EJERCICIO ECONÓMICO (COOPERATIVAS CON ACTIVIDAD ECONÓMICA):
  1. Copia Certificada del Acta de Asamblea Ordinaria Anual de Asociados.
  2. Copia Certificada del Listado de Asociados Asistentes a la Asamblea.
  3. Balance General y Estado de Resultados Expresados a Valores Históricos.
  4. Memoria y Cuenta de Cada una de las Intancias (Administración, Educación, Control y Evaluación).
  5. Plan Anual de Actividades y Presupuesto del Ejercicio Económico Correspondiente al Próximo Año.
INFORMES CONTABLES Y SOCIALES AL CIERRE DEL EJERCICIO ECONÓMICO (COOPERATIVAS QUE NO PRESENTAN ACTIVIDAD ECONÓMICA):

  1. Copia Certificada del Acta de Asamblea Ordinaria Anual de Asociados, donde deberán tratar la Inactividad Económica de la Cooperativa, asi como los planes y presupuestos para su activación.
  2. Plan Anual de Actividades y Presupuesto del Ejercicio Económico Correspondiente al Próximo Año.
  3. Copia Certificada del Listado de Asociados Asistentes a la Asamblea.

INFORMES CONTABLES Y SOCIALES SEMESTRALES (30/06 Y 31/12 DEL AÑO RESPECTIVO):

  1. Balance de Comprobación, por el Método por Saldos, Correspondiente al Último Mes del Semestre.
  2. Conciliación Bancaria (Cuentas Corriente y Ahorro) Y Copia del Estado de Cuenta y/o Libreta de Ahorro Correspondiente al Último Mes del Semestre.
  3. Listado de Asociados con Indicación de las labores que Realiza, Tanto Administrativas como Aquellas que son Propias al Objeto de la Cooperativa.
  4. Listado de No Asociados (Trabajadores Contratados), Con Indicación de las Labores que Realiza y el Tiempo de Servicio Prestado en la Misma.
  5. Vencido el Primer Ejercicio Económico Deberán Consignar Un Informe Contentivo de las Acciones Ejecutadas o Por Ejecutar en Materia Educativa.